Asesino confeso de Santiago Urbani queda libre por nueva ley penal juvenil en San Isidro
El juez Flori ordenó la excarcelación de C.D.V., condenado por el homicidio de 2009, al aplicar el nuevo límite de 15 años del Régimen Penal Juvenil.

Condenado a 19 años recupera la libertad al superar el nuevo tope penal juvenil
El juez Alejandro Diego Flori, titular del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N° 3 de San Isidro, ordenó la excarcelación de C.D.V., condenado por el homicidio de Santiago Urbani, a partir del 5 de septiembre de 2026. La decisión, a la que accedió infobae.com, fue firmada el 4 de septiembre y se fundamentó en el nuevo Régimen Penal Juvenil que entró en vigencia ese mismo día.
C.D.V. había sido condenado a 19 años de reclusión por robo calificado con arma de fuego, homicidio criminis causae y tenencia ilegal de arma de guerra en concurso real. Sin embargo, la sentencia no se encontraba firme: la defensa había presentado recursos ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación y el trámite permanecía en la Procuración General desde el 1° de octubre de 2025.
El eje del fallo fue el artículo 19 de la Ley 27.801, que fijó un máximo de 15 años de prisión para los casos comprendidos en el Régimen Penal Juvenil. La norma fue promulgada el 9 de marzo de 2026 y entró en vigencia 180 días después de su publicación.
Flori aplicó el artículo 2 del Código Penal, que obliga a utilizar la ley más benigna cuando esta entra en vigencia durante el cumplimiento de una condena. El magistrado sostuvo que los efectos del cambio legislativo debían operar de pleno derecho, y citó además tratados internacionales incorporados a la Constitución Nacional, entre ellos la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
El dato que resultó determinante fue el tiempo de detención acumulado: C.D.V. llevaba preso de manera ininterrumpida desde el 17 de octubre de 2009. Según el cómputo incorporado al expediente, al momento del fallo había cumplido 16 años, 10 meses y 17 días de encierro, es decir, más de un año y diez meses por encima del nuevo límite legal de 15 años.
Tanto la Fiscalía como la Defensa coincidieron en que correspondía aplicar el nuevo régimen. El fiscal dictaminó el 2 de septiembre que el límite de 15 años debía regir por tratarse de una norma más favorable; la defensa adhirió a ese planteo. Con ese acuerdo y ante el tiempo de detención ya cumplido, Flori declaró extinguida la pena no firme y dispuso la liberación.
La excarcelación debía hacerse efectiva a partir de las 12 del 5 de septiembre de 2026 en el lugar donde C.D.V. se encontraba alojado. Las autoridades debían verificar previamente que no pesara sobre él ninguna orden de captura o detención en otro expediente. De existir algún requerimiento judicial pendiente, el fallo ordenó que quedara a disposición del magistrado que hubiera dispuesto esa medida.
Santiago Urbani fue asesinado durante la madrugada del 10 de octubre de 2009. Cuatro delincuentes lo interceptaron mientras estacionaba su auto y lo obligaron a ingresar a su casa de la avenida Liniers al 1900, en Tigre, donde dormían su madre y su hermana. Los asaltantes reunieron objetos de valor y los cargaron en el vehículo de la víctima. En medio del robo, el joven músico fue llevado al cuarto de su hermana y asesinado de un escopetazo en la cabeza.
C.D.V. era menor de edad al momento del crimen y fue uno de los condenados por el asesinato. Casi 17 años después de su detención, recuperó la libertad por la aplicación retroactiva del nuevo límite de pena previsto para quienes cometieron delitos siendo menores de edad.
Source: Google News CL — Santiago