Colombia indemniza a familia de Guillermo Cano, 40 años después de su asesinato

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca aprobó la conciliación entre el Estado y los herederos del director de El Espectador, asesinado en 1986.

Colombia indemniza a familia de Guillermo Cano, 40 años después de su asesinato

Conciliación aprobada cuatro décadas después del magnicidio de Cano Isaza

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca aprobó una conciliación mediante la cual el Estado colombiano deberá indemnizar a la familia del periodista Guillermo Cano Isaza, director del diario El Espectador, asesinado el 17 de diciembre de 1986. Según informa elcolombiano.com, el acuerdo se produce cuarenta años después del crimen y reconoce daños causados por la muerte del periodista, así como fallas estatales previamente señaladas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

Cano era reconocido por su posición crítica frente al narcotráfico y por su respaldo a la extradición de narcotraficantes. La CIDH determinó posteriormente que el riesgo que él enfrentaba era conocido por las autoridades y que el Estado no adoptó las medidas necesarias para proteger su vida.

La CIDH declaró responsable al Estado desde 2001

El caso llegó a la Comisión Interamericana en 1997. En 2001, el organismo declaró al Estado colombiano responsable por la vulneración de los derechos a la vida y a la libertad de expresión de Cano, así como por fallas en las garantías y la protección judicial. La CIDH también señaló que la violencia y las dificultades que rodearon la investigación generaron un efecto de intimidación sobre la prensa, y recomendó reparar a los familiares del periodista.

Sin embargo, el Tribunal cuestionó el tiempo que tardó el Estado en avanzar en esa reparación. Aunque la CIDH recomendó indemnizar a la familia desde 2001 y en 2018 reactivó el seguimiento del cumplimiento de esas recomendaciones, solo en 2026 la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado presentó la solicitud de conciliación.

Términos del acuerdo de indemnización

El acuerdo contempla 300 salarios mínimos mensuales legales vigentes por concepto de perjuicios morales para la esposa y los hijos de Cano. El Tribunal consideró que, ante las deficiencias en la investigación y la reparación efectiva, se justificaba aplicar el máximo previsto por la jurisprudencia para casos de graves violaciones de derechos humanos.

Adicionalmente, se reconoció una compensación por lucro cesante a favor de la esposa y de dos de los hijos, quienes eran menores de 25 años cuando murió su padre. El acuerdo tomó como referencia que Cano se desempeñaba como director de El Espectador y percibía una remuneración al momento de su muerte. La solicitud presentada por los familiares por este concepto ascendía a $548.737.931, según consta en la providencia del Tribunal.

Source: Google News CO — Crime

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