Petro autoriza extradición de 'Chiquito Malo', líder del Clan del Golfo, hacia Estados Unidos

El presidente Gustavo Petro firmó la resolución ejecutiva 261 del 6 de julio de 2026 para entregar a Jobanis de Jesús Ávila Villadiego, alias 'Chiquito Malo', a la justicia estadounidense por cargos de narcotráfico.

Petro autoriza extradición de 'Chiquito Malo', líder del Clan del Golfo, hacia Estados Unidos

Petro autoriza extradición de 'Chiquito Malo', líder del Clan del Golfo, hacia Estados Unidos

El mandatario colombiano Gustavo Petro rubricó formalmente la entrega de Jobanis de Jesús Ávila Villadiego, conocido con el alias de 'Chiquito Malo', a las autoridades de Estados Unidos. La decisión quedó plasmada en la resolución ejecutiva número 261, fechada el 6 de julio de 2026, y se fundamenta en el artículo 491 de la Ley 906 de 2004.

La petición de extradición fue presentada por el Gobierno estadounidense a través de su Embajada en Colombia el 29 de noviembre de 2022. Washington solicita que Ávila Villadiego responda ante tribunales norteamericanos por delitos vinculados al tráfico de estupefacientes y concierto para delinquir. La Vicefiscal General de la Nación, en ejercicio de las funciones de la Fiscal General, había ordenado previamente su captura con fines de extradición desde el 30 de noviembre de 2022.

El principal cargo que se le imputa corresponde a una acusación de la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Florida, dictada el 28 de junio de 2022. Se le señala por conspirar para poseer con intención de distribuir cinco kilogramos o más de una sustancia que contiene cocaína, a bordo de una embarcación bajo jurisdicción estadounidense.

El texto presidencial establece que la entrega del procesado no se pospondrá por otros juicios que tenga abiertos en territorio colombiano. Ordena expresamente que no se difiera la entrega de Ávila Villadiego por cuenta de los procesos penales que obran en su contra en el país, y manda llevar a cabo la extradición.

El procedimiento contempla que, una vez detenido, será puesto a disposición de las autoridades estadounidenses siempre que estas garanticen que no será víctima de desaparición forzada, torturas ni sanciones inhumanas, crueles o degradantes. Asimismo, el país requirente debe comprometerse a no aplicarle penas como prisión perpetua, destierro o confiscación.

Tras cumplir cualquier condena o si cesa el motivo de su detención en Estados Unidos, el extraditado deberá regresar a Colombia para enfrentar los procesos judiciales pendientes. El documento también aclara que no podrá ser juzgado ni condenado por hechos anteriores y distintos a los que motivan esta extradición, conforme al artículo 494 de la Ley 906 de 2004. Tampoco se admitirán pruebas anteriores al 17 de diciembre de 1997.

La resolución debe ser notificada personalmente a Ávila Villadiego o a su abogado, quien podrá interponer recurso de reposición dentro de los diez días siguientes a la notificación, según el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Una vez quede en firme, las autoridades deberán remitir copia del acto administrativo a la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales, a la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores, a la Fiscalía General de la Nación, a la Oficina del Consejero Comisionado de Paz y a los jueces que conocen los procesos pendientes contra el señalado.

La entrega de 'Chiquito Malo' se enmarca en la cooperación judicial entre Colombia y Estados Unidos, que prevé la inmediata transferencia del requerido tras su captura y la recepción de las garantías diplomáticas correspondientes, con respeto a sus derechos fundamentales durante el proceso penal en el país solicitante.

Fuente: Infobae

Source: Google News CO — Crime