Tres años de cárcel para el hombre que tiroteó a un asaltante en su domicilio de Ciempozuelos
Un jurado popular declaró culpable a un residente de Ciempozuelos que, tras un allanamiento en su vivienda, disparó contra el intruso y lo dejó parapléjico. La Audiencia Provincial le impuso tres años de prisión por tentativa de homicidio.

Tres años de cárcel para el hombre que tiroteó a un asaltante en su domicilio de Ciempozuelos
Un tribunal colegiado con sede en Madrid ha impuesto una pena de tres años de reclusión a un individuo juzgado por tentativa de homicidio. El suceso tuvo lugar el 11 de julio de 2023 en el municipio de Ciempozuelos, cuando el morador de una finca disparó contra quien había forzado la entrada en su hogar. El proyectil alcanzó una zona corporal crítica y el intruso quedó confinado a una silla de ruedas, con una invalidez laboral definitiva.
El allanador resultó ser Héctor Manuel, señalado por las fuerzas del orden como jefe de la facción 'Dominican Don't Play'. Junto a un segundo participante, fue declarado responsable como coautor de violación de domicilio con empleo de fuerza e intimidación; a ambos la sección judicial aplicó una condena de veinticuatro meses de privación de libertad más una sanción económica equivalente a siete meses, según consta en una nota del Consejo General del Poder Judicial.
Durante el procedimiento oral con participación ciudadana quedó establecido que la pistola empleada era propiedad del propio asaltante, quien la mostraba para coaccionar. El inquilino consiguió quitarle la herramienta de fuego y accionó el gatillo en múltiples ocasiones. El colegiado popular determinó que, sin la intervención sanitaria inmediata, el agresor habría perecido.
La resolución judicial reconoció factores atenuantes que beneficiaban al tirador: reconocimiento de los hechos, trastorno mental vinculado a dependencia de drogas y una circunstancia equiparable a la legítima defensa. El órgano admitió que se produjo una agresión previa ilegítima al forzarse la entrada y exhibirse el armamento, pero rechazó la eximente absoluta al estimar que la reacción excedió los límites razonables. Al efectuar descargas reiteradas a escasa distancia, el morador asumió de forma consciente el riesgo elevado de causar el fallecimiento.
Tras el incidente, el sentenciado contactó telefónicamente con la Benemérita para informar de los disparos y de su convicción de haber provocado la muerte. Proporcionó su paradero y se puso a disposición de los agentes sin oponer oposición, facilitando la rápida aclaración de los hechos.
La sentencia otorgó mayor fiabilidad al relato del ocupante que al de los dos intrusos. Constaban además querellas anteriores del procesado ante la Guardia Civil alertando de coacciones para abandonar la finca y de su temor a que los visitantes acudieran portando armas. Varios indicios objetivos corroboraron su versión: deterioro en la puerta de entrada, rastros biométricos de los acusados sobre objetos encontrados en el interior, trayectoria balística reflejada en dictámenes periciales y la reconstrucción procesal de los acontecimientos.
El tribunal determinó que el acceso al inmueble se realizó mediante violencia y que los visitantes utilizaron coacción física y psicológica para penetrar en la vivienda y expulsar a quien la habitaba, quedando así acreditado el delito de usurpación domiciliaria agravada.
Fuente: ABC
Source: ABC