Quince años de prisión para un banquero que agredió a una clienta para vaciarle las cuentas
Un empleado de una entidad financiera de la provincia de Lugo ha sido castigado con una condena de 15 años tras golpear a una usuaria, apoderarse de su móvil y transferir fondos mediante engaño.

Quince años de prisión para un banquero que agredió a una clienta para vaciarle las cuentas
Un tribunal de la provincia de Lugo ha impuesto una sanción de quince años de reclusión a un individuo que ejercía como personal de una oficina bancaria tras confesar que agredió gravemente a una usuaria para apoderarse de su terminal telefónico y sustraer capital de sus depósitos mediante operaciones fraudulentas. La resolución se alcanzó por vía de conformidad entre las partes, según relata ABC.
El encausado, bajo la identidad ficticia de Maximiliano, contaba con permisos de acceso a la base de datos de la compañía donde prestaba servicio. Durante un lapso aproximado de treinta días, a comienzos del año 2022, examinó información privada y económica de la perjudicada, una fémina con reconocimiento de invalidez permanente total y problemas de salud severos. Así averiguó su dirección en Xermade (Lugo) y constató que disponía de liquidez en sus productos financieros.
La víspera de la agresión, el 4 de febrero, el individuo se trasladó en automóvil hasta la población de la víctima. Se mantuvo escondido en las proximidades de la casa durante sesenta minutos para completar los preparativos: identificar la vivienda, planificar vías de escape, observar la rutina de la mujer y confirmar que no compartía el hogar con nadie más.
Al día siguiente, armado con todos los datos recopilados, volvió al lugar con la certeza de que la afectada se encontraba sola. Le quitó el aparato móvil y, para evitar que denunciara los hechos, le asestó un impacto violento en el cráneo con un artefacto contundente. La paliza le provocó una lesión encefálica severa que precisó dos intervenciones médicas.
Con el dispositivo electrónico ya en su poder y la damnificada en situación de total vulnerabilidad, el sentenciado contactó en múltiples ocasiones con la línea de atención telefónica de la entidad crediticia. Suplantando la identidad de la mujer, y utilizando los antecedentes recabados durante sus indagaciones previas en el sistema de la sucursal, consiguió restablecer las contraseñas y desbloquear la herramienta de operativa móvil.
Ese mismo 5 de febrero movió 4.990 euros hacia una cuenta conjunta con su cónyuge. Veinticuatro horas después ejecutó otra transacción equivalente de 4.995 euros entre los mismos depósitos. El día 7 canalizó 15.000 euros hacia una cuenta cuyo titular era una tercera persona cuya documentación había obtenido meses antes haciéndose pasar por un intermediario de aseguradoras: visitó su domicilio con el argumento de formalizar una póliza, capturó una imagen de su carné de identidad y posteriormente abrió un depósito a su nombre asociado a un número de teléfono del propio delincuente.
Pese al reconocimiento de culpabilidad y la aceptación de las penas por parte del reo, la compañía financiera rechazó asumir la obligación civil accesoria, lo que obligó a celebrar la audiencia para dirimir esta cuestión. Los magistrados constataron un vínculo entre la consulta previa a los archivos de la clienta y la ausencia de mecanismos de supervisión por parte del banco, pero estimaron que el seguimiento y la paliza constituyeron actos desvinculados de sus funciones laborales. Por consiguiente, restringieron la responsabilidad subsidiaria de la entidad a 729 euros, única suma no devuelta a la agraviada, puesto que las cantidades restantes fueron recuperadas por los intermediarios financieros participantes.
Source: ABC