Once años de prisión por agresión sexual continuada a su hijastra de 12 años en Valladolid

La Audiencia Provincial de Valladolid condena a un hombre de origen dominicano a once años de cárcel por abusar sexualmente de la hija de su pareja desde enero de 2024.

Once años de prisión por agresión sexual continuada a su hijastra de 12 años en Valladolid

Condena a once años por abusos reiterados a menor de 12 años en Valladolid

La Audiencia Provincial de Valladolid ha dictado una condena de once años de prisión contra un hombre de origen dominicano y vecino de la ciudad, declarado culpable de un delito continuado de agresión sexual sobre su hijastra, que tenía 12 años al inicio de los hechos. Según ABC, la información procede del Gabinete de Prensa del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

El tribunal considera probado que el condenado se valió de la relación de convivencia, el parentesco y la posición de superioridad dentro del domicilio familiar para cometer reiterados tocamientos de carácter libidinoso sobre la hija de su pareja desde enero de 2024. Los hechos culminaron en mayo de ese mismo año con dos actos de penetración dactilar.

Medidas accesorias y libertad vigilada

Junto a la pena de prisión, el fallo impone al condenado la inhabilitación absoluta durante el tiempo de condena y la prohibición de acercarse a la víctima, su domicilio, lugar de estudios o trabajo a menos de 300 metros, así como la prohibición de comunicarse con ella por cualquier medio durante 16 años.

La resolución establece además una medida de libertad vigilada de ocho años, que se ejecutará una vez cumplida la pena privativa de libertad. El tribunal también le aplica una inhabilitación especial de siete años para el ejercicio de derechos de patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento, y una inhabilitación especial de 21 años para cualquier profesión o actividad que implique contacto regular y directo con menores.

Indemnización de 10.000 euros a la víctima

En el ámbito de la responsabilidad civil, el condenado deberá indemnizar a la menor, a través de su representación legal, con 10.000 euros por los daños morales y la afectación psicológica sufrida. La Sala desestimó las pretensiones económicas más elevadas formuladas por la acusación particular, al constatar que los hechos no dejaron secuelas físicas ni vestigios biológicos, y al valorar que los problemas de rendimiento escolar de la víctima contaban con antecedentes previos a los episodios juzgados.

El testimonio de la menor, clave para la condena

Para sustentar el fallo condenatorio, el tribunal otorgó plena credibilidad al testimonio de la menor, reproducido durante el juicio oral mediante la grabación de su exploración como prueba preconstituida. Los magistrados subrayaron la persistencia, coherencia interna y minuciosidad del relato, aspectos que fueron respaldados por los informes del equipo psicosocial, de la psicóloga forense y de la trabajadora social. Estas expertas validaron la veracidad de la declaración y confirmaron una afectación emocional congruente con los hechos denunciados.

La sentencia señala asimismo que los horarios laborales del acusado y las dimensiones reducidas de la vivienda no impidieron la comisión de los abusos, dado que el agresor buscaba momentos de privacidad cuando el resto de los residentes dormía o se encontraba fuera del inmueble.

Llamadas telefónicas y bloqueo del móvil, considerados "nada creíbles"

La Audiencia Provincial califica de "nada creíbles" y "absurdas" las explicaciones ofrecidas por el procesado para justificar las inusuales llamadas telefónicas que realizó a la menor el día en que la orientadora escolar destapó el caso. El tribunal también tomó en consideración el posterior bloqueo del acceso técnico a su teléfono móvil en dependencias policiales como un elemento que reforzó la valoración de su falta de credibilidad.

Source: ABC