TSJ declara error judicial inexcusable a jueza caraqueña en caso de invasión de inmueble

El Tribunal Supremo de Justicia anuló actuaciones del Juzgado 20° de Control de Caracas y decretó el sobreseimiento a favor de Mariela Alejandra Reyes Hernández.

TSJ declara error judicial inexcusable a jueza caraqueña en caso de invasión de inmueble

TSJ avoca causa de invasión en Baruta y anula decisiones del Juzgado 20° de Control de Caracas

La Sala del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), con ponencia del magistrado Luis Fernando Damiani Bustillos, declaró error judicial inexcusable a la jueza Yolimar Duque Morales del Juzgado Vigésimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, según informa accesoalajusticia.org a partir del expediente N° 20° C-S-1027-23.

El caso se originó el 28 de septiembre de 2023, cuando la ciudadana Mariela Sobeida Hernández González, asistida por el abogado Juan Carlos Castro Villalobos (IPSA N° 68.615), consignó ante la Secretaría de la Sala una solicitud de avocamiento sobre la causa que se tramitaba en el referido tribunal. El proceso involucraba a tres ciudadanos —Betty Rodríguez de Quintero, Jhon Rafael Quintero Rodríguez y Mariela Alejandra Reyes Hernández— por la presunta comisión de los delitos de invasión y agavillamiento, previstos en los artículos 471-A y 286 del Código Penal.

Al día siguiente, mediante sentencia N° 1375 del 29 de septiembre de 2023, la Sala se declaró competente, admitió la solicitud y ordenó al Juzgado 20° la remisión inmediata del expediente. El 2 de octubre de 2023, la presidenta del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas dio cumplimiento a esa orden mediante Oficio N° 2830.

Inadmisible la petición, pero grave el expediente

Una vez recibidas las actas, la Sala constató que Mariela Sobeida Hernández González no tenía condición de parte en el proceso penal, por lo que declaró inadmisible su solicitud de avocamiento, conforme al artículo 133.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

No obstante, la revisión detallada de las actuaciones procesales reveló, según la Sala, irregularidades de gravedad suficiente para justificar un pronunciamiento de oficio por orden público constitucional.

Nulidades decretadas

La Sala anuló dos actuaciones del Juzgado 20°:

Sobre la base de esas nulidades, la Sala decretó el sobreseimiento de la causa a favor de Mariela Alejandra Reyes Hernández, de conformidad con el artículo 300, numeral 2° del Código Orgánico Procesal Penal, quedando extinguida la acción penal en su contra.

Consecuencias disciplinarias y penales para la jueza

El TSJ ordenó remitir copias certificadas del fallo a varias instituciones, con instrucciones precisas:

Asimismo, se ordenó notificar de la decisión a Mariela Sobeida Hernández González, al fiscal provisorio sexto del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Moisés Alejandro García Velásquez, y a la propia jueza Yolimar Duque Morales.

Fraude procesal y supremacía constitucional

En sus consideraciones, la Sala señaló que toda manifestación de autoridad del Poder Público debe ajustarse a los imperativos establecidos en la norma fundamental, conforme al principio de interpretación constitucional. La revisión de las actas evidenció, según el tribunal, denuncias de tal entidad que obligaron a la intervención de oficio, en el marco de lo que la propia Sala calificó como posible fraude procesal.

El fallo forma parte del contexto más amplio reportado por accesoalajusticia.org, que da cuenta de las 271 audiencias realizadas por los tribunales del Circuito Judicial Penal de Caracas en ese período, en el que la actividad de la Sala Penal del TSJ incluyó este pronunciamiento de especial relevancia por la declaratoria de error judicial inexcusable a una jueza en ejercicio.

Source: Google News VE — Caracas