Asesino de Santiago Urbani queda libre en Argentina por nueva ley penal juvenil
El condenado por el crimen de Santiago Urbani en Tigre (2009) fue excarcelado tras aplicarse el nuevo Régimen Penal Juvenil, que fija un máximo de 15 años.

Condenado por homicidio en Tigre recupera la libertad a los 17 años del crimen
El hombre que confesó haber participado en el asesinato de Santiago Urbani, ocurrido en Tigre en octubre de 2009, quedó en libertad el sábado 5 de septiembre de 2026 a las 12:00. Según informa canal13sanjuan.com, la excarcelación fue ordenada por el juez Alejandro Diego Flori, quien aplicó el nuevo Régimen Penal Juvenil al considerar que resultaba más beneficioso para el condenado, identificado como C.D.V.
El crimen de 2009
Santiago Urbani tenía 18 años cuando fue asesinado durante la madrugada del 10 de octubre de 2009. Cuatro delincuentes lo interceptaron en la avenida Liniers al 1900, cuando intentaba ingresar a su vivienda con su vehículo. Uno de ellos le disparó en la cabeza antes de huir con distintos objetos robados.
Días después fue detenido Villafañe, quien contaba con 16 años al momento del crimen. En 2010, el Tribunal de Responsabilidad Penal Juvenil N° 3 de San Isidro lo declaró culpable y resolvió que la pena se determinaría una vez que alcanzara la mayoría de edad. Meses más tarde, los jueces Alberto Villante, Mirta Ravera Godoy y Silvia Chomiez le impusieron una condena de 27 años de prisión.
Años de apelaciones
La defensa interpuso sucesivas apelaciones. En 2019 logró que se hiciera lugar parcialmente a un recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, y el expediente fue remitido a un nuevo tribunal para que dictara una sentencia revisada. En esa instancia, C.D.V. fue condenado a 19 años de prisión como autor penalmente responsable de robo calificado por uso de arma de fuego, homicidio criminis causa y tenencia ilegal de arma de fuego de guerra, todos en concurso real.
Tampoco esa condena había quedado firme. Las apelaciones continuaron, y desde octubre de 2025 la causa se encontraba en la Procuración General de la Nación. En noviembre del mismo año había quedado planteado un nuevo recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley ante la Corte Nacional.
La nueva ley que modificó el escenario
La entrada en vigencia del Nuevo Régimen Penal Juvenil alteró el curso procesal del caso. La norma reduce la edad de imputabilidad de 16 a 14 años y establece un máximo de 15 años de prisión para los casos comprendidos dentro del régimen.
El juez Flori evaluó que esa legislación resultaba más favorable para C.D.V.: el techo de 15 años previsto por la nueva norma era inferior a los 19 años impuestos en la última sentencia, que además no estaban firmes. El magistrado aplicó el principio de retroactividad de la ley penal más benigna y dispuso que la nueva legislación rigiera el caso desde su entrada en vigencia.
Más de 16 años de detención cumplidos
Al momento de la decisión judicial, C.D.V. registraba 16 años, 10 meses y 17 días de detención efectiva. El juez Flori declaró extinguida la pena impuesta y ordenó la excarcelación inmediata desde el establecimiento donde se encontraba alojado.
Además, dispuso certificar que sobre el hombre no pesaba ninguna orden de captura o detención vigente, dado que, bajo el nuevo régimen aplicado al caso, ya había cumplido íntegramente la condena correspondiente.
Source: Google News CL — Santiago