Ley Antimafias en Ecuador: hasta 16 años de cárcel por prestar casa o vehículo al crimen organizado

La Asamblea Nacional debatirá el 27 de agosto la Ley Antimafias, que sanciona con penas de 10 a 16 años a quienes faciliten logística a bandas criminales.

Ley Antimafias en Ecuador: hasta 16 años de cárcel por prestar casa o vehículo al crimen organizado

Asamblea Nacional debate penas de hasta 16 años por colaborar con el crimen organizado

El Pleno de la Asamblea Nacional del Ecuador tratará el jueves 27 de agosto de 2026 el primer debate de la denominada Ley Antimafias, según informa extra.ec. La iniciativa, impulsada por el Ejecutivo, introduce reformas sustanciales al Código Orgánico Integral Penal (COIP) y apunta a sancionar a quienes, de manera consciente, faciliten recursos logísticos a organizaciones criminales.

El proyecto recibió el dictamen favorable de la Comisión de Soberanía, Integración y Seguridad Ciudadana con ocho votos el lunes 24 de agosto, antes de ser remitido al Pleno.

Sanciones por ceder inmuebles o vehículos

Una de las reformas centrales es la incorporación del artículo 369.3 al COIP. La norma establece penas de 10 a 13 años de prisión para quienes, con conocimiento de la actividad ilícita, destinen, arrienden, presten o faciliten inmuebles, bodegas, galpones, talleres, fincas, muelles o vehículos adaptados para operaciones delictivas.

La sanción se eleva a un rango de 13 a 16 años si la infraestructura o el transporte cedido es utilizado para acopiar u ocultar armas, estupefacientes u otros materiales vinculados al crimen organizado.

Redes operativas y reclutamiento

El proyecto tipifica también la pertenencia funcional a redes criminales mediante el artículo 369.4 del COIP: de 10 a 13 años de cárcel para quienes ejecuten labores de transporte, custodia de armamento o funciones de vigilancia —conocidos como "campaneros". El artículo 369.2, por su parte, fija hasta 16 años de prisión por el reclutamiento de jóvenes o personas en situación de vulnerabilidad.

Penas más altas para líderes de bandas

La propuesta modifica el artículo 369 del COIP para elevar las penas contra fundadores, financistas y directores de organizaciones criminales a un rango de 22 a 26 años de prisión. El techo asciende a entre 26 y 30 años cuando la banda cometa delitos de narcotráfico, terrorismo, minería ilegal, sicariato, secuestro, trata de personas o lavado de activos.

Observaciones desde la oposición

El tratamiento del proyecto no está exento de críticas. El asambleísta de Revolución Ciudadana Blasco Luna cuestionó el artículo 266 sobre sustracción de combustibles y advirtió que "aunque las sanciones deben aplicarse a quienes cometan delitos, la reforma no debe convertirse en un instrumento para perseguir a adversarios políticos".

Source: Google News EC — Crime