La jueza de la dana advierte a Mazón: su defensa incrimina a su ex consejera Salomé Pradas

La magistrada Nuria Ruiz Tobarra responde al escrito de la defensa de Mazón y señala que su estrategia exculpatoria traslada la responsabilidad a Pradas.

La jueza de la dana advierte a Mazón: su defensa incrimina a su ex consejera Salomé Pradas

La magistrada del caso dana advierte a Mazón: su defensa exculpatoria inculpa a Salomé Pradas

La jueza que instruye la causa por la dana, Nuria Ruiz Tobarra, ha advertido al ex presidente de la Generalitat, Carlos Mazón, de que la estrategia jurídica empleada por su abogado para eludir responsabilidades acaba por señalar directamente a su ex consejera de Interior, Salomé Pradas. Así lo recoge El Mundo a partir de un auto notificado este viernes.

En el escrito, Ruiz Tobarra responde al recurso presentado por el letrado de Mazón ante el juzgado de Catarroja, en el que se argumentaba que el retraso en el envío del ES-Alert no tuvo relación directa con las 232 muertes provocadas por la dana. La magistrada es contundente: "La tesis exculpatoria del señor Carlos Mazón sobre la que asienta su defensa se convierte en inculpatoria respecto de la Sra. Salomé Pradas".

La defensa de Mazón coloca a Pradas en el centro del caso

El abogado de Mazón insistió en que el ex presidente no era "garante" de la seguridad de la ciudadanía ante una emergencia. Ese argumento desplaza el foco hacia Pradas, quien ya figura como investigada en la causa junto al ex secretario autonómico de Emergencias, Emilio Argüeso.

La jueza reprocha además el fondo del relato exculpatorio: "Se afirma que daba exactamente igual enviar dicho mensaje —evitar desplazamientos— que no enviar ninguno, que los fallecimientos se habrían producido en la mayor parte de los casos". A partir de ahí, Ruiz Tobarra reta a Mazón a apartarse del procedimiento "si estima que no hay nada que se le pueda imputar".

Mazón, personado en la causa pero sin declarar

La situación procesal de Mazón es singular. La Audiencia de Valencia avaló su personación en la causa, después de que la propia magistrada la rechazara al haberlo citado previamente como testigo. Como aforado, Mazón no puede ser imputado por este juzgado, pero su condición de parte personada impide a la jueza citarlo como testigo.

En el auto, Ruiz Tobarra recuerda además que el ex presidente no solo ha evitado declarar ante el juzgado, sino que tampoco ha aportado voluntariamente sus mensajes de WhatsApp. Un contraste notable con la conducta de Pradas, que sí entregó los suyos, un movimiento que, según El Mundo, supuso un vuelco en la instrucción y comprometió al entonces jefe de gabinete de Mazón: este habría pedido a Pradas no confinar a la población minutos antes del envío del ES-Alert.

Crítica a los mensajes no aportados

La magistrada lamenta en el auto que el expediente presente vacíos documentales significativos: "Se ignora si esos mensajes son todos los existentes en poder de la Sra. Salomé Pradas; tampoco se han aportado mensajes por el Sr. José Manuel Cuenca, ya que fueron borrados, ni se ha aportado voluntariamente mensaje alguno por el Sr. Carlos Mazón".

Ruiz Tobarra critica también la forma del escrito presentado por la defensa del ex presidente, que califica de "extensa solicitud de sobreseimiento, dirigida a un órgano que no es competente, y formulada por una persona que no ostenta la condición de investigada".

Frente al argumento de la defensa de que Mazón es objeto de una investigación prospectiva, la jueza responde que se trata de "una afirmación hueca, sin refrendo ni mención a diligencia alguna que tenga tal carácter". El Ministerio Fiscal, recuerda la magistrada, "ya rechazó la posibilidad de nulidad de cualesquiera diligencias que pudieran amparar la personación".

Source: El Mundo

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