Causa Kueider por lavado: tribunal de San Martín se declara incompetente y remite el caso a Buenos Aires
El Tribunal Oral Federal N°5 de San Martín resolvió que no es competente para juzgar la causa por lavado vinculada al caso Kueider y la envió a la Justicia Federal porteña.

Tribunal de San Martín cede la causa Kueider a la Justicia Federal de Buenos Aires
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°5 de San Martín resolvió el 7 de octubre que carece de competencia territorial para juzgar la causa por lavado de activos vinculada al caso Kueider y ordenó remitirla a la Justicia Federal de la Ciudad de Buenos Aires. Según informó cndigital.com.ar, la decisión no implica absolución alguna ni invalida la investigación realizada, sino que determina qué tribunal debe llevar adelante el juicio.
La resolución responde a una cuestión estrictamente territorial. Aunque la causa estuvo vinculada durante años a una investigación de mayor alcance tramitada en San Martín, los jueces concluyeron que ninguno de los hechos concretos incluidos en la acusación ocurrió en esa jurisdicción. Los elementos centrales de la acusación apuntan, en cambio, a la Ciudad de Buenos Aires.
Los hechos atribuidos y los imputados
La acusación describe una organización que, según la Fiscalía, habría realizado durante varios años operaciones destinadas a dar apariencia lícita a dinero de origen ilícito. Entre los hechos atribuidos figuran operaciones inmobiliarias en Paraná por más de 41 millones de pesos, la adquisición de una camioneta Chevrolet Trailblazer, movimientos de dinero a través de cuentas bancarias y el uso de sociedades comerciales como estructuras para ocultar el origen de los fondos.
La acusación también menciona supuestos préstamos documentados falsamente, balances presuntamente falsos y la utilización de instrumentos privados reputados apócrifos. Esos fondos, además, estarían vinculados a posibles delitos precedentes de corrupción: cohecho, negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas y violación de los deberes de funcionario público.
Entre los imputados se encuentran Juan Carlos Nogueras, Ernesto Javier Rubel, Rodolfo Daniel González, Adriana Cecilia Crucitta, Gabriela Patricia Saint Pierre y Débora María Ferreyra, así como las sociedades Nopor Service, Lectus, Vía SNP Logística, Felsir Biotecnología y Vijusa Industrial Argentina. La acusación menciona asimismo a Edgardo Kueider y a Iara Guinsel Costa, aunque la situación procesal de ambos quedó vinculada a otros trámites, entre ellos un proceso de extradición.
El mapa territorial que inclinó la balanza
Para fundamentar su decisión, el tribunal reconstruyó la acusación como si trazara un mapa geográfico de los hechos. Las operaciones inmobiliarias habrían ocurrido en Paraná; la compra de la camioneta, en Concordia; parte de las maniobras documentales fue preparada en un estudio contable de Quilmes; y las cuentas bancarias utilizadas para la circulación del dinero estaban vinculadas con una sucursal de esa localidad bonaerense.
El punto decisivo fue la sociedad Betail, considerada una de las piezas centrales de la acusación. La empresa tenía su domicilio legal en la Ciudad de Buenos Aires; allí fueron allanadas sus oficinas, allí se produjeron los actos societarios relevantes para el caso y allí se encontraba la Inspección General de Justicia ante la cual esos actos fueron inscriptos y publicitados.
El recorrido territorial abarca así Paraná, Concordia, Quilmes, Berazategui y Buenos Aires. San Martín no aparece en ningún punto de ese trazado, y esa ausencia fue determinante para que los jueces cedieran la causa.
La historia procesal: del caso ENERSA a la elevación a juicio
La trayectoria procesal de la causa es más compleja. La investigación que llegó al Tribunal Oral de San Martín estaba relacionada con otra de mayor amplitud, conocida como el "caso ENERSA", que indaga posibles pagos indebidos vinculados con el Grupo Securitas y funcionarios de la empresa estatal de energía de Entre Ríos. La sede central de Securitas se encontraba en Munro —Partido de Vicente López— y desde allí, según esa investigación, se habrían coordinado operaciones desarrolladas en distintos puntos del país.
Durante la etapa de investigación, la Justicia Federal de San Martín había rechazado los planteos para trasladar la causa a otra jurisdicción, con el argumento de que los hechos no podían analizarse como episodios aislados. La Cámara Federal de Apelaciones de San Martín confirmó esa posición en abril de 2025 y subrayó que separar el episodio de ENERSA del resto de la investigación podría fragmentar artificialmente el caso y generar investigaciones paralelas sobre una misma estructura.
La Cámara también destacó razones de economía procesal: si los hechos estaban conectados, investigarlos desde una única sede evitaba duplicaciones y decisiones contradictorias.
El momento que cambió las reglas del proceso
Para el Tribunal Oral, la elevación a juicio marca una diferencia decisiva respecto de la etapa de investigación. Mientras una causa está abierta, la hipótesis delictiva puede ampliarse o incorporar nuevas conexiones. Pero cuando la Fiscalía presenta el requerimiento de elevación a juicio, el objeto del proceso queda delimitado: se fijan los hechos, los acusados y los delitos que deberán ser juzgados.
En ese punto, sostiene el tribunal, la lógica de la conexidad que justificó mantener la causa en San Martín durante la investigación pierde su sustento. La necesidad de investigar una trama como un conjunto no permite, en la etapa de juicio, mantener la causa ante un tribunal que carece de competencia territorial sobre los hechos concretos que fueron elevados. La causa deberá continuar, por tanto, ante la Justicia Federal de la Ciudad de Buenos Aires.
Source: Google News AR — Buenos Aires