TSJ de Buenos Aires confirma prisión perpetua por doble crimen de diputado Olivares y asesor Yadón
El Tribunal Superior de Justicia porteño rechazó la queja de la defensa de Juan Jesús Fernández, condenado como partícipe necesario del doble homicidio ocurrido en 2019.

TSJ ratifica la perpetua para el conductor del auto en el doble crimen de Plaza Congreso
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Ciudad de Buenos Aires confirmó este jueves la condena a prisión perpetua de Juan Jesús Fernández por los asesinatos del diputado nacional Héctor Olivares y su asesor Miguel Yadón, según informó revistaquorum.com.ar. El tribunal rechazó la queja presentada por la defensa, que argumentaba que Fernández desconocía las intenciones del hombre que efectuó los disparos desde el automóvil que él conducía.
Los hechos se remontan a la madrugada del 9 de mayo de 2019, cuando Olivares y Yadón realizaban su caminata habitual por las inmediaciones de la Plaza de los Dos Congresos. Desde el interior de un vehículo, ambos fueron atacados a balazos. Yadón murió en el lugar; Olivares falleció días después a causa de las heridas recibidas.
Durante el juicio oral, el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 9 consideró probado que los disparos partieron desde un automóvil perteneciente a Fernández, quien estaba al volante. Los jueces determinaron que había facilitado el accionar de Juan José Navarro Cádiz, identificado como el autor material de los homicidios y fallecido en 2023. Sobre esa base, Fernández recibió condena a prisión perpetua como partícipe necesario del doble crimen, decisión luego confirmada por la Cámara Nacional de Casación.
La resolución del TSJ dejó sin efecto el recurso interpuesto por Fernández contra el fallo de la Sala III de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, que había ratificado su responsabilidad como partícipe necesario de homicidio agravado por alevosía, reiterado en dos ocasiones.
La defensa centró su planteo en cuestionar la participación atribuida a Fernández, la aplicación de la agravante de alevosía y la constitucionalidad de la pena de prisión perpetua. También denunció una presunta vulneración de las garantías de inocencia y debido proceso. Sin embargo, el TSJ concluyó que la presentación no logró rebatir los fundamentos de Casación ni demostrar que las respuestas judiciales a sus cuestionamientos hubieran sido insuficientes o irrazonables.
Tras la confirmación de la sentencia por parte de Casación, los abogados de Fernández interpusieron un recurso de inconstitucionalidad en el que insistieron en que su defendido ignoraba las intenciones de Navarro Cádiz y cuestionaron tanto la valoración de su intervención en los homicidios como la validez constitucional de la pena. Al elevar la queja ante el TSJ luego de que Casación denegara ese recurso, el fiscal general adjunto dictaminó que la presentación debía rechazarse por deficiencias formales insalvables y por no cumplir con el requisito de autosuficiencia técnica.
Al resolver, el TSJ sostuvo que la defensa no se hizo cargo de los argumentos desarrollados por Casación y no demostró que las respuestas ofrecidas a sus planteos resultaran insuficientes o irrazonables, cerrando así la vía recursiva disponible para Fernández en el fuero porteño.
Source: Google News AR — Buenos Aires